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Empleados provinciales tendrán receso todo Enero

17/12

La decisión la tomó el gobernador Omar Perotti para reorganizar la administración pública.

La norma dispone que durante el período de receso administrativo, quedarán suspendidos todos los términos previstos en los procedimientos administrativos establecidos por las normas vigentes; reanudándose su cómputo a partir del primer día hábil del mes de febrero.

"lnterin dure la suspensión, las Mesas Generales de Entradas y Salidas de todas las reparticiones comprendidas en los alcances de la medida reservarán los escritos y actuaciones administrativas ingresadas hasta la reanudación de los términos; con excepción de los casos en los que se invoquen derechos de naturaleza alimentaria o vinculados de modo directo a la vida y salud de las personas, o aquellas actuaciones calificadas como 'Muy Urgente'", explica el artículo dos del decreto.

A su vez establece que, en el periodo de vigencia del receso administrativo, el personal de los organismos y reparticiones comprendidos en el mismo hará uso obligatorio de la Licencia Anual Ordinaria Correspondiente y los remanentes si correspondiere, de acuerdo con los regimenes aplicables en la materia.

En tanto, el texto con la firma del gobernador y sus ministros también dispone que los máximos responsables de las Unidades de Organización adoptarán las medidas necesarias para garantizar las guardias mínimas en las dependencias que permanezcan inactivas; incluyéndose necesariamente ellos MISMOS en la dotación que las desempeñe, o sus reemplazantes naturales; excepto cuando medie autorización especial del titular de la Jurisdicción o entidad en esos casos, para que so hagan uso de la Licencia Anual Ordinaria o sus remanentes.

Excepciones

Quedan expresamente excluidos de los alcances del receso los efectores de salud y los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS); los servicios de comedores escolares y copa de leche de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia; los servicios análogos del Ministerio de Desarrollo Social; las áreas del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) directamente vinculadas a la atención prestacional de los afiliados; las Empresas y Sociedades del Estado provincial que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos esenciales; las Comisarías, Sub Comisarías, Unidades de Orden Público y Unidades Especiales de la Policia de la Provincia; el Servicio Penitenciario Provindal y los establecimientos de su dependencia.

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