Extienden el distanciamiento hasta el 28 de Febrero
30/01El DNU será publicado durante el fin de semana en el Boletín Oficial. El DISPO será prorrogado hasta el 28 de febrero.
El Gobierno oficializará este fin de semana la extensión del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) por el coronavirus hasta el 28 de febrero, y recomendará que se debe "priorizar" la reanudación de las clases presenciales.
En el decreto se indica que "continúan vigentes los dos parámetros de riesgo sanitario (razón e incidencia) que deberán seguir teniendo en cuenta las provincias para la restricción de circulación nocturna".
Por otro lado se establece que se mantiene la libre circulación por todo el territorio del país, mientras que gobernadores y el jefe de gobierno porteño "podrán reglamentarla estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas".
El reinicio de las clases presenciales se realizará de acuerdo con parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación.
Si bien cada jurisdicción puede suspender la medida por la situación epidemiológica, se señala que en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del COVID-19, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales".
Para facilitar las clases presenciales, se deja establecido que "docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros", para lo que "deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación".
Se mantienen las medidas de Distanciamiento Social de dos metros, el uso de tapabocas y la higiene, mientras que se debe seguir con los protocolos aprobados para cada actividad.
Para los espacios cerrados se permite hasta un 50% de su capacidad. En cuanto a los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la ocupación será de hasta un 30%.
Eventos deportivos y artísticos en espacios cerrados sólo podrán tener una asistencia de diez personas.
En tanto, continúan prohibidas y deben ser expresamente autorizadas, los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre, y los eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas.
Además, no se permite la práctica de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros.
También continuarán cerrados los cines, teatros, clubes y centros culturales.
El Servicio público de transporte urbano de pasajeros en AMBA sigue solo habilitado para las personas afectadas a los servicios públicos esenciales y para quienes se encuentren expresamente habilitados para su uso, debiendo tramitarse el "Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19" cuando corresponda.
Fuente: NA.
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Portada | 29 enero 2021
Afirman que el Aporte Extraordinario sumará fondos por la pandemia
La ley 27605 establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos.
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El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, aseguró hoy que "los momentos excepcionales exigen medidas excepcionales y el compromiso de toda la sociedad", al referirse a la reglamentación del Aporte Solidario y Extraordinario Para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia, así su nombre completo, que se concretó hoy y que generó satisfacción en el ámbito político, legislativo y gremial.
Cafiero publicó en su cuenta de Twitter que "los momentos excepcionales exigen medidas excepcionales y el compromiso de toda la sociedad", por lo que "reglamentamos el Aporte Solidario y Extraordinario Para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia, impulsado por diputados del Frente de Todos y votado en el Congreso".
La norma votada el 4 de diciembre último establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de patrimonio declarado: 2,25% para quienes se encuentren entre los 300 y los 400 millones de pesos; 2,50% para aquellos que tengan entre 400 y 600 millones; y 2,75% para el rango entre 600 y 800 millones.
El aporte subirá hasta 3% en el caso de patrimonios de entre 800 y 1.500 millones de pesos; se extenderá hasta 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones; y se gravará un 3,5% a los que superen ese valor. Se estima en 12.000 la cantidad de contribuyentes abarcados por la normativa.
El diputado Carlos Heller resaltó el "simbolismo de política redistributiva" de la ley "porque significa lograr que los que tienen más pongan en un lugar destinado a los que tienen menos".
"Están los que tienen más y los que necesitan más, y eso es lo que tiene que estar presente en las políticas que se diseñan", dijo el legislador por la radio AM 990, y mencionó que "el 99,98% no pagará el aporte y el impulso que dará ese dinero será en beneficio de ellos".
En tanto, su compañero de bancada y titular de la CTA de los Trabajadores, Hugo Yasky, dijo a Télam que la reglamentación implica "un avance importantísimo porque establece un principio de solidaridad por el que el que más tiene, más tiene que aportar en un momento de emergencia para los argentinos".
El gravamen "se dirige hacia los activos físicos dolarizados y, en la mayoría de casos, depositados fuera del país", por lo que "no afectará ningún bien ni empresario ni productivo; es un avance de la democracia y de la justicia", consideró.
La senadora Anabel Fernández Sagasti definió como "una gran noticia" la reglamentación y sostuvo en un tuit que "en el mundo, en el Foro de Davos, la Argentina es puesta como ejemplo por 'combatir el virus de la desigualdad'".
También la diputada Cristina Álvarez Rodríguez tuiteó que la iniciativa fue "impulsada desde el Frente de Todos para que quienes más tienen hagan un esfuerzo excepcional y necesario para la reconstrucción argentina".
La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19.
La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque del FdT en Diputados, Máximo Kirchner, quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.
La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de este viernes 29 de enero, fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.
Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas "actividades operativas" ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como "activos financieros".
El decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de "instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos" y evitar así las operaciones de evasión impositiva.
En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas fue al mismo tiempo muy atacada desde ciertos medios de comunicación.
Por último, el diputado Marcelo Casaretto evaluó en diálogo con esta agencia que "es necesario que los que están en una mejor situación relativa aporten más en un momento de pandemia" y mencionó que la ley busca "ir sobre las grandes fortunas y permitirá recaudar alrededor de 300 mil millones de pesos".
La Ley 27.605 fue reglamentada a través del Decreto 42/2021, consta de 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, Cafiero y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
Además, la normativa oficializada hoy determina que el destino de lo recaudado será 25% para exploración, desarrollo y producción de gas natural; 20% para adquirir equipamientos de salud; 20% para apoyar pymes; 20% para financiar becas Progresar y 15% para urbanizar barrios.
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Portada | 29 enero 2021
Reglamentaron el impuesto a grandes fortunas: se paga desde $ 200 millones
El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.
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La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021, tiene 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.
La ley 27605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos (aunque la tasa va subiendo según el patrimonio) .
La norma, en ese aspecto, establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.
El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones.
Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%.
De esta manera, estarían obligados a pagar alrededor de 12.000 contribuyentes.
Además, la ley 27605 determina específicamente cuál será el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia; un 20% a apoyar a empresas Pymes; un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.
La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19.
La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque del FdT en Diputados, Máximo Kirchner, quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.
La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de este viernes 29 de enero, fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.
Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas "actividades operativas" ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como "activos financieros".
El decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de "instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos" y evitar así las operaciones de evasión impositiva.
En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas fue al mismo tiempo muy atacada desde ciertos medios de comunicación.
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Portada | 28 enero 2021
Trotta: "Lo que garantiza la vuelta a clases presenciales son los protocolos sanitarios"
El ministro de Educación remarcó que las vacunas contra el COVID-19 "son una herramienta para intensificar la presencialidad".
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El ministro de Educación, Nicolás Trotta, aseguró este jueves que "lo que garantiza la vuelta segura a clases presenciales son los protocolos sanitarios" y aclaró que las vacunas contra el COVID-19 "son una herramienta para intensificar la presencialidad".
"Imaginamos un regreso seguro a las aulas y a las clases en cuanto a la presencialidad, lo que implica poner en valor la experiencia que transitamos este año tan complejo y difícil de pandemia", sostuvo el ministro en declaraciones a Canal 3 de Rosario.
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"Esa experiencia nos confirma que lo que nos permite el regreso seguro a las aulas son los protocolos y ese es el camino que tenemos que llevar adelante", aseguró Trotta.
En esa línea, señaló que "hay dos factores que nos van a permitir intensificar esa presencialidad que tenemos que garantizar. Por un lado, a partir de la mejora de los indicadores epidemiológicos, cuanto mejor sean en una provincia y en cada comuna y distrito deberíamos profundizar la cantidad de días y horas que nuestros hijos puedan estar en la escuela".
"El otro factor tan importante es la vacunación de los docentes, que son grupos priorizados por nuestro gobierno, y la población en general", remarcó.
Por otra parte, se refirió a la vuelta de la presencialidad en la educación universitaria y consideró que "hay que poner el foco en las prácticas profesionalizantes que están muy vinculadas al cierre de carreras universitarias".
"Además, hay que priorizar la presencialidad de los estudiantes que están ingresando a la universidad, que van a estar transitando el primer año de sus carreras, porque muchos han terminado su escuela secundaria con una instancia muy baja de presencialidad".
Para cumplir esos objetivos, Trotta dijo que "vamos a hablar con la Secretaría de Políticas Universitarias, Rectores y organizaciones docentes y no docentes del sistema universitario para definir un esquema de priorización en el orden de vacunación".
"Nuestra expectativa es poder comenzar a vacunar a los docentes en febrero y acelerar el proceso en marzo y abril, que se relaciona con la llegada de la Sputnik V, y también de otras como la de Oxford producida en Argentina, sumado a otras más negociadas por el gobierno argentino", finalizó.